ECONOMIA
12 de septiembre de 2023
Impuesto a las Ganancias como queda ahora el mínimo no imponible y qué sectores serán beneficiados.
El ministro de Economía Sergio Massa anunció este lunes la suba del mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias.
En ese sentido el ministro de EconomÃa Sergio Massa anunció este lunes la suba del mÃnimo no imponible del Impuesto a las Ganancias y desde octubre solo lo pagarÃan aquellos con sueldos que superen los $1,7 millones o 15 Salarios MÃnimos, Vitales y Móviles (SMVM) mensuales.
De esta manera, quedarán exentos los empleados de cuarta categorÃa, es decir, empleados en relación de dependencia y jubilados (800.000 trabajadores).
En tanto, lo tributarán los CEO, gerencias, subgerencias, puestos calificados y jubilaciones y pensiones de privilegio, que lo representan 90.000 contribuyentes, el 0,88% de los trabajos registrados del paÃs.
También se confirmó que en las próximas horas se mandará un proyecto de ley al Congreso para que el mÃnimo no imponible quede fijo y con actualización semestral, que se harÃa con base en la evolución del SMVM.
En este sentido, la suba del tope mÃnimo se ha rá efectiva a partir de octubre, a través de un decreto.
Cabe señalar que se mantendrá el beneficio del 22% de zona desfavorable.
Se eliminan distorsiones de las deducciones personales y generales que obligan al trabajador a estar pendiente de cuestiones administrativas.
Menor carga operativa para los empleadores, a través de sistema simplificado, que redundará en una disminución del costo de cumplimiento de las obligaciones tributarias
El Impuesto a las Ganancias se divide en cuatro categorÃas, que corresponden a las distintas maneras de calcular el tributo según las fuentes de las ganancias:
Primera categorÃa: corresponde a las rentas del suelo, es decir a las ganancias generadas por el usufructo de los inmuebles urbanos y rurales.
Segunda categorÃa: corresponde a las rentas del capital, que implica todos los ingresos obtenidos por acciones, intereses, dividendos, etc.
Tercera categorÃa: son los beneficios que ganan las sociedades y empresas unipersonales.
Cuarta categorÃa: se trata de las ganancias obtenidas por el trabajo personal.
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