La lista opositora del SOMU intenta desestabilizar al gremio pese a sus 13 denuncias penales, difunde acusaciones que la Justicia no confirmó
La lista opsitora a la conducción, la misma que tiene 13 denuncias penales, por las cuales quedaron descalificados en las pasadas elecciones.
Intentan instalar un escándalo en la conducción según publicaciones de algunos medios describen un supuesto escenario de violencia interna y cuestiona el apartamiento del juez Alejandro H. Perugini fue puesta en duda por el contenido del propio expediente.
En ese marco el magistrado aclaró que su decisión no implica reconocer parcialidad y también fueron cuestionadas las interpretaciones difundidas sobre las causas de Miguel Montaño e Ingrid Monge sobre DENUNCIAS FALSAS !!!
En medio del proceso judicial que analiza la validez de las elecciones del Sindicato de Obreros Marítimos Unidos (SOMU), una publicación periodística aseguró que el gremio atraviesa una escalada de violencia interna, vinculó una agresión sufrida por un dirigente opositor con la conducción sindical y sostuvo que el juez de Cámara Alejandro H. Perugini abandonó el expediente por haber sido acusado de parcialidad.
Sin embargo, distintos elementos incorporados a las actuaciones judiciales ponen en duda esa interpretación y muestran que varias de las afirmaciones difundidas no cuentan con respaldo en resoluciones firmes.
Uno de los ejes de la publicación es el episodio denunciado por Miguel Montaño, presentado como una "emboscada" organizada desde el sindicato. No obstante, la declaración testimonial difundida constituye únicamente la versión aportada por el denunciante y no una acreditación judicial de los hechos.
Además, fue cuestionada la forma en que ese relato fue presentado como si se tratara de una reconstrucción comprobada. Según distintas fuentes consultadas, los hechos descriptos en esa declaración no habrían ocurrido de la manera en que fueron relatados, por lo que consideran improcedente presentar esa versión como un hecho acreditado antes de que concluya la investigación.
El caso Ingrid Monge
La publicación también menciona el expediente que involucra a Ingrid Monge y afirma que fue aceptada como particular damnificada y que un dirigente nacional resultó imputado.
Sin embargo, especialistas en derecho consultados recordaron que ninguna de esas decisiones procesales implica una declaración de responsabilidad penal ni una confirmación de los hechos denunciados.
La aceptación como particular damnificada habilita la participación de la denunciante dentro del proceso, mientras que una imputación representa el inicio formal de una investigación, etapas que deberán ser analizadas por la Justicia antes de arribar a cualquier conclusión.
Qué dijo realmente Perugini
Otro de los puntos cuestionados fue la afirmación de que el juez Alejandro H. Perugini se apartó de la causa luego de ser acusado de parcialidad.
Sin embargo, esa interpretación no coincide con el contenido de la resolución firmada por el propio magistrado.
En su decisión, Perugini dejó expresamente aclarado que su apartamiento no implica admitir los cuestionamientos formulados en su contra ni reconocer la existencia de causal alguna de recusación, sino que respondió exclusivamente a la necesidad de evitar mayores demoras en un expediente de alta conflictividad y garantizar la continuidad del proceso.
Tras su excusación, la Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo quedó integrada por Diana Cañal, Manuel Díez Selva y Héctor Guisado.
De esta manera, la publicación termina reuniendo en un mismo relato una denuncia cuya investigación continúa abierta (Montaño), una causa penal en etapa preliminar (Monge) y una decisión procesal del juez Perugini, presentándolas como si constituyeran hechos definitivamente acreditados, cuando ninguna de esas cuestiones cuenta hasta el momento con una resolución judicial firme.
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