Sábado 11 de Julio de 2026

GREMIALES

6 de julio de 2026

La ineptitud sindical de la seccional San Fernando quedó al descubierto en la Justicia

La justicia rechazó la presentación impulsada por Guillermo Martín Centurión

La Cámara Nacional del Trabajo rechazó la presentación impulsada por Guillermo Martín Centurión y dejó en claro que las seccionales no tienen personería propia para intervenir contra la conducción nacional del gremio marítimo.

En una resolución que vuelve a poner bajo tensión la interna del Sindicato de Obreros Marítimos Unidos (SOMU), la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo rechazó de manera contundente la presentación realizada por Guillermo Martín Centurión, quien pretendía intervenir en la causa vinculada al proceso electoral del gremio marítimo.

La decisión judicial, firmada por los jueces Alejandro H. Perugini y Diana R. Cañal, declaró inadmisibles los escritos enviados por correo electrónico a la casilla institucional del tribunal y rechazó in límine la intervención de tercero impulsada por el dirigente de la Seccional San Fernando. El fallo no sólo cuestiona la forma elegida para realizar la presentación, sino que además marca un fuerte límite político y jurídico a las seccionales que intentan disputar poder frente a la conducción nacional del sindicato.

Según sostuvo el tribunal, los correos electrónicos enviados los días 5 y 8 de junio de 2026 no constituyen una vía válida para efectuar presentaciones judiciales, ya que las Acordadas de la Corte Suprema establecen que todo trámite debe canalizarse exclusivamente mediante el sistema Lex100, mecanismo oficial del Poder Judicial. Los magistrados remarcaron incluso que los mensajes terminaron alojados en la bandeja de spam del sistema institucional, dejando expuesta según la resolución la ineptitud de la vía elegida y la falta de garantías de seguridad procesal. Pero el punto más fuerte del fallo llegó al analizar el planteo de fondo.

Allí, la Cámara sostuvo que las seccionales del SOMU carecen de personería gremial y jurídica propia, por lo que no pueden actuar judicialmente enfrentando a la estructura nacional del sindicato. En ese sentido, el tribunal recordó que ya existía un antecedente similar con la Seccional Corrientes y ratificó que las medidas cautelares vigentes en la causa sólo alcanzan al Secretariado Nacional, al Consejo Directivo Nacional y a la Comisión Revisora de Cuentas, dejando afuera a las representaciones provinciales. La resolución también descartó las denuncias realizadas por Centurión sobre supuestas represalias presupuestarias, laborales y funcionales por parte de dirigentes nacionales del SOMU, al considerar que esos reclamos son ajenos al objeto principal del expediente, centrado exclusivamente en la legalidad del proceso electoral. Con este fallo, la Justicia laboral vuelve a intervenir en una de las disputas sindicales más sensibles del sector marítimo y deja un mensaje claro: las internas gremiales no pueden transformarse en atajos procesales por fuera de los mecanismos establecidos por la ley.

Mientras continúan las discusiones por la conducción del SOMU y las prórrogas de mandatos en distintas seccionales, el conflicto sigue escalando en los tribunales y promete nuevos capítulos dentro de uno de los gremios estratégicos del transporte argentino.

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